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División de Honor

Gernika insinúa que la actuación de algunos miembros de la FER puede tener consecuencias penales

©Paco Gonzálvez

El Gernika Rugby Taldea ha presentado ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) un recurso en el que solicita la nulidad de todas las resoluciones dictadas por el Comité Nacional de Disciplina Deportiva (CNDD) de la Federación Española de Rugby (FER) que avalaron el descenso de categoría del club vasco después de que acabara en el último puesto al término de la primera fase de la Liga de División de Honor. En su escrito, el conjunto basurde entiende que la actuación de los miembros de dicho comité para rechazar todas sus alegaciones va “mucho más allá” a la de entender esta circunstancia como algo “irregular” y advierte de que su conducta podría subsumirse “sin ninguna dificultad” en el tipo de corrupción deportiva que podría ser castigada con penas que van desde los seis meses a los cuatro a años de prisión.

A lo largo de 36 folios el club vasco denuncia que los miembros del CNDD de la Federación Española de Rugby han estado más preocupados en perseguir y sancionar de forma “inmisericorde” infracciones menores como que un equipo no fuera correctamente uniformado o por el incumplimiento de los plazos para comunicar la fecha de un partido, que de otros asuntos de mayor trascendencia. Se refiere al seguimiento de las jornadas de División de Honor que van de la sexta a la decimocuarta en la cuales Gavin van der Berg fue alineado por Alcobendas con “F” obtenida “fraudulentamente” que le facultaba para ser considerado jugador en formación y, por lo tanto, seleccionable y “mantenida en todo su esplendor por el órgano disciplinario”.

En síntesis, lo que persigue el Gernika Rugby Taldea es que con la “simple” corrección de puntos que se deriva del artículo 33 del Reglamento de Partidos y Competiciones, al club Alcobendas se le tendrían que descontar 38 puntos por la alineación indebida del jugador sudafricano desde la jornada número seis. Además, entiende que a los rivales del conjunto madrileño se les debería sumar una serie de puntos, lo que al final dejaría a los vascos, a los que se les añadiría otros cuatro, en el penúltimo lugar de la clasificación con 22, en vez de los 18 con los que acabó una vez concluida la primera fase de la Liga. Alcobendas se quedaría con tan solo cinco puntos y, por tanto, se convertiría en el último clasificado y perdería la categoría.

El conjunto basurde esgrime a su favor que las ocho infracciones “muy graves” cometidas por alineación indebida se sustentaron con un descenso administrativo sin tener en cuenta la clasificación por puntos que, según el equipo vasco, les salvaría del descenso. En lo que el Gernika califica de “inaceptable” actuación del CNDD de la FER, el escrito deja algún recado para los integrantes del Comité: “rara vez una solución flagrantemente injusta es ajustada a derecho, y aquí tenemos un ejemplo acabado de ello”. De hecho, en el recurso alegan que ha quedado “objetivamente acreditado” que el comité tuvo conocimiento “supuestamente” el pasado 25 de marzo de la existencia de la ficha fraudulenta de Van den Berg, una circunstancia que mantuvo oculta durante más de un mes, lo que permitió a Alcobendas “obtener una ventaja deportiva ilegítima” con el consiguiente perjuicio causado al resto de los participantes.

“Y, cuando destapado el fraude, uno de los perjudicados por el mismo lo denuncia y exige la sanción de las infracciones consumadas y el restablecimiento del orden deportivo alterado ilícitamente, se le deniega la reclamación y, para mayor escarnio, se hace bajo el argumento de que está actuando a destiempo, extemporáneamente”, se lamenta el club vasco. De hecho, recuerda que la Asociación Nacional de Clubes de Rugby, de la que forma parte el Gernika Rugby Taldea, ya había denunciado las eventuales alineaciones indebidas, incluso antes de su anuncio en prensa.

Primero lo hizo el 12 de abril a través de un correo electrónico dirigido al presidente de la FER. La fecha es importante porque hasta ese día no se había resuelto de forma definitiva sobre la elegibilidad de Van den Berg, ni se conocía de modo íntegro la resolución de World Rugby porque no se hizo pública hasta el 5 de mayo. Además, arguye el club vasco que el 20 de abril, presentaron una denuncia formal dirigida directamente al Comité de Disciplina, que respondió diciendo que en su momento “acordará las actuaciones que en su caso considere oportunas sin necesidad de nueva comunicación”.

El caso, tal y como aduce el club vizcaíno, es que nunca se produjo esa nueva comunicación, lo que da pie, según subraya el Gernika Rugby Taldea, al “aberrante resultado de pretender que ello le inhabilita para sancionar”. De ahí que incida en que la “incierta” invocación de la FER a la falta de una denuncia sea “completamente absurda”. En cualquier caso, y dado que en la Federación ya tenían conocimiento de la misma, se pregunta: ”¿cómo puede excusar su inactividad y decir que no sanciona porque un tercero no le notificó la infracción?”.

El conjunto basurde hace también hincapié en que le resulta” incomprensible” que el Comité Nacional de Disciplina Deportiva no abriera un expediente para revisar la “F” del jugador sudafricano nada más tener conocimiento de la noticia, aunque fuera como “mera precaución”, para evitar que “a su amparo se cometieran infracciones muy graves”. De otro modo, el Gernika argumenta que la “trampa” del club madrileño “se haría inatacable y el tramposo se habría salido con la suya”. Sin embargo, el recurso aduce que el “guardián” de la disciplina, obligado a velar por la “pureza deportiva”, limitó su acción “represiva” a sancionar un fraude “meramente administrativo” de falsedad documental, ya que al rechazar su reclamación deja impune y sin reparación “lo que sin la menor duda debería ser lo más relevante para la FER, que es el daño deportivo”.

En un recurso cargado de cierta ironía, el Gernika Rugby Taldea confiesa que “no es fácil” sobreponerse a la “estupefacción” que le causa leer los argumentos del CNDD. Y ello porque lo que les viene a decir es que todos los equipos tienen la carga de impugnar “sistemáticamente” en el plazo de 48 horas cualquier alineación indebida, “por si acaso en el futuro llega a descubrirse que el rival había falsificado los documentos que habilitaban a sus jugadores a competir”.

Esto es, el Gernika opina que el CNDD ha sancionado una infracción orientada a obtener el medio de hacer trampa a la competición (falsificar un pasaporte) y, sin embargo, dejan sin castigo las trampas hechas con ese documento “consolidando y haciendo irreversible el daño que se reconoce causado al resto de clubes”. Y es que, en su opinión, “es evidente que ninguna multa ni descenso punitivo reparan en ninguna medida el fraude cometido en la liga, como sí lo hace, al menos tendencialmente, el que la puntuación que determina la clasificación se establezca aplicando rigurosamente el Reglamento, que es lo único que pedimos”.

1 comentario

1 comentario

  1. Patata frita

    7 julio, 2022 en 9:06 am

    Estaba clarísimo que a Alcobendas no le restaron puntos porque eso sería reconocer que la sentencia de world rugby era justa.

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